Logo FacturoPorTi
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

¿Conoces el nuevo complemento de Carta Porte SAT 2021?

Contenidos

Si te dedicas al transporte de productos ya sea de manera nacional o internacional, sabrás que es requisito emitir un cfdi de traslado o carta porte. A partir del año 2017 se hizo obligatorio el uso de este tipo de cfdi, pero ¿Conoces el nuevo complemento de Carta Porte SAT 2021? que entra en vigor a partir del 1 de junio.

¿Qué es una carta porte?

Es el tipo de cfdi que ampara el traslado de un bien; este puede ser emitido por el propietario de la mercancía así como personal autorizado para realizar el transporte de las mercancías. Para ser mas claro, puedes ser tu o no el propietario de los productos que vas a transportar. Este documento es obligatorio su uso y además es requerido por la SCT o cuando un oficial (guardia nacional)  te los solicite.

Fundamento Legal de la Carta Porte SAT

Resolución de la miscelánea fiscal 2020:

  • Regla 2.7.1.8. Segundo Párrafo: Obligatoriedad del uso de complementos publicados en el portal del SAT

Tercera Resolución de RMF2020 del 18 de noviembre 2020:

  • Regla 2.7.1.9 CFDi que podrá acompañar el Transporte de Mercancías.
  • Artículo Quinto Transitorio 3a RMRMF 2020
  • Fecha de Entrada en Vigor del Complemento Carta Porte

Nuevo complemento de Carta Porte SAT 2021

Dado que el cfdi de traslado del 2017 no contemplaba una sección con datos exactos a cerca del transporte de la mercancía; el SAT publicó el 1 de mayo del 2021 un nuevo complemento de carta porte.

El nuevo complemento contiene la siguiente información:

  • Productos o mercancías
  • Ubicaciones de origen
  • Puntos intermedios y destino
  • Medio de transporte
    • Vía terrestres (carretera federal o líneas férreas)
    • Aérea
    • Marítima o fluvial

Hay que tomar en cuenta que para el caso de comercio exterior o transporte de Hidrocarburos se debe de agregar el complemento adicional correspondiente; por lo que estos tipos de cfdi deberán contar con 2 complementos tanto el de carta porte como el de comercio exterior o hidrocarburos en el mismo cfdi.

Beneficios del nuevo complemento de Carta Porte?

Ayudara a validar la autenticidad de los productos además previene el transporte de productos robados o de contrabando, además provee de mecanismos para actos de fiscalización. Permitirá conocer la trazabilidad del traslado de mercancías de importación o exportación.

¿Quiénes deben de emitir cfdi de ingresos con el nuevo complemento?

Todo aquel contribuyente que se dediquen a la prestación de servicios de transporte de mercancía ya sea por vía terrestre, marítima, aérea, fluvial o de carga. Esto de acuerdo con los requisitos indicados en el Artículo 29-A del código fiscal de la federación.

Además del cfdi de ingreso el transportista deberá de llevar consigo toda la documentación adicional  que por el giro, tipo de producto, medio de transporte, etc. le sean requeridas por las autoridades correspondientes además deberán acreditar la tenencia legal de los productos.

¿Quiénes deben de emitir cfdi de traslado con el nuevo complemento?

Los propietarios que son dueños de los productos o mercancías y que además forman parte de sus activos. Ellos deberán emitir el cfdi de traslado y se usara como comprobante de traslado de los productos por vía terrestre, marítima, aérea, fluvial o de carga.

También existe el caso donde el transporte de las mercancías las realiza un intermediario, transportista, este al igual debe de emitir un cfdi de traslado con el nuevo complemento de carta porte.

¿Cuál es la fecha de entrada en vigor del nuevo complemento de Carta Porte?

El complemento de Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia. Por lo que el 1 de Octubre del 2021 se deberá de incluir.

¿Dónde encuentro la documentación técnica?

La documentación técnica del nuevo complemento de carta porte así como los catálogos, preguntas frecuentes y matriz de errores lo encuentras aquí http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm

Si deseas usar el nuevo complemento carta porte 3.1, contáctanos y recibe una prueba del servicio al  55 9506 8725  vendedores@facturoporti.com.mx

Prueba GRATIS
nuestro sistema

Artículos Populares

Todo sobre la efirma para que sirve, cómo consultar tu efirma

Todo sobre efirma, para que sirve y como puedes descargarla paso a paso

noviembre / 21 / 24
CURP Biométrico o CURP Digital en 2025

CURP Biométrico, qué es y cuándo entra en vigor

noviembre / 18 / 24
Quienes declaran sat o están obligados a declarar

Quiénes están obligados a declarar ante el SAT

noviembre / 7 / 24

Cuáles son los tipos de retenciones del SAT y cómo debes aplicarlas

noviembre / 7 / 24
Cómo utilizar la Forma de pago 99

Qué es y cuándo utilizar «Pago por definir o forma de pago 99»

noviembre / 4 / 24

Prueba GRATIS
nuestro sistema

Todo sobre efirma, para que sirve y como puedes descargarla paso a paso

La e.firma, conocida también como firma electrónica, es un archivo digital emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en

noviembre / 21 / 24

CURP Biométrico, qué es y cuándo entra en vigor

¿Qué es el CURP Biométrico y en qué se diferencia del CURP tradicional? El CURP Biométrico, también conocido como CURP

noviembre / 18 / 24

Quiénes están obligados a declarar ante el SAT

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecen que contribuyentes

noviembre / 7 / 24