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Régimen societario y de capital en CFDI 4.0

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Dentro de los cambios de la nueva versión de facturación de 2022, el SAT nos muestra cómo registrar los nombres del emisor y del receptor sin el régimen societario en los CFDI 4.0. ¿A qué se refiere el SAT con esto? En FacturoPorTi te lo explicamos.

Para cumplir, por lo tanto, con el nuevo requisito de incluir los nombres tanto de quien recibe la factura como de quien la emite en un CFDI, a partir de la nueva versión 4.0, la autoridad fiscal ha considerado que no se debe incluir el régimen societario en los nombres: el nombre irá en mayúsculas y sin el régimen societario en CFDI 4.0.

El SAT, Sistema de Administración Tributaria, exige que en las facturas electrónicas tanto el nombre del emisor como el del receptor incluyan únicamente la razón o la denominación social de las personas morales, sin incluir letras relativas al régimen societario.

Esto quiere decir, que no es necesario incluir las siglas del régimen societario S.A., S.A. de C.V., S. de R.L., S.C., A.C., etc. en la emisión ni recepción de una factura.

Además del impacto administrativo que tendrá esta nueva medida del régimen societario en CFDI 4.0, esto también implicará un nuevo reto para todas las empresas tanto en la parte jurídica como en la de sistemas.

En Facturo Por ti te explicamos en este post las medidas respecto al régimen societario en CFDI 4.0, uno de los cambios que se han presentado en el SAT con esta nueva versión de facturación 4.0.

Régimen Societario en CFDI 4.0: impacto jurídico

Esta medida tiene un impacto jurídico que es importante analizar. Según las leyes que regulan los diferentes tipos de sociedades es obligatorio incluir las palabras o las siglas del régimen societario como parte del nombre de la entidad.

Esto es así porque el régimen societario se define como una parte identificadora única de cada sociedad, como bien se muestra en la Ley General de Sociedades Mercantiles. Algunos de los tipos de sociedad más comunes son los siguientes:

  • Sociedad Anónima, S.A. Ley General de Sociedades Mercantiles, Artículo 88. “La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras ‘Sociedad Anónima’ o de su abreviatura ‘S.A.’”
  • Sociedad por Acciones Simplificada, S.A.S. Ley General de Sociedades Mercantiles, Artículo 261. “La denominación se formará libremente, pero distinta de la de cualquier otra sociedad y siempre seguida de las palabras ‘Sociedad por Acciones Simplificada’ o de su abreviatura ‘S.A.S.’.”.
  • Sociedad Anónima de Capital Variable, S.A. de C.V. Ley General de Sociedades Mercantiles, Artículo 215. “A la razón social o denominación propia del tipo de sociedad, se añadirán siempre las palabras ‘de capital variable’.”
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada, S. de R.L. Ley General de Sociedades Mercantiles, Artículo 59. “La sociedad de responsabilidad limitada existirá bajo una denominación o bajo una razón social que se formará con el nombre de uno o más socios. La denominación o la razón social irá inmediatamente seguida de las palabras ‘Sociedad de Responsabilidad Limitada’ o de su abreviatura ‘S. de R. L.’ La omisión de este requisito sujetará a los socios a la responsabilidad que establece el artículo 25.”
  • Sociedad Civil, S.C. Código Civil Federal, Artículo 2699. “Después de la razón social, se agregarán estas palabras Sociedad Civil.”

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Por lo tanto, el empleo de las siglas de cada régimen societario es obligatorio por ley. Ahora bien, las facturas, aparte de uso fiscal, tienen diversos efectos jurídicos, por lo que en la elaboración de los documentos de facturación resulta imprescindible que los datos de identificación de las personas implicadas estén completos.

El hecho de que con la nueva versión, no sea obligatorio el uso del régimen societario en los CFDI 4.0, coloca a las empresas ante un dilema: no lo deben incluir en los efectos fiscales, pero sí debe estar presente en cualquier otro fin legal.

Esto podría llegar a obligar a las empresas a emitir una factura, por un lado, siguiendo los requisitos que solicita el SAT y, adicionalmente, que se vean en la necesidad de incluir información adicional para introducir las siglas del régimen societario.

Régimen Societario en CFDI 4.0: Impacto de sistemas

Es muy complicado que las empresas dejen de emplear el régimen societario en sus transacciones, ya que, como hemos mencionado, se trata de un dato que se requiere para otros fines legales distintos al fiscal.

Por ello, y teniendo en cuenta los múltiples usos de las facturas, está claro que las empresas deben seguir manejando el nombre de los clientes con su régimen societario. Habría dos formas para hacerlo:

  1. Abrir un campo nuevo que sea el nombre del cliente “sin régimen societario” en su base de datos, y que este sea el que se emplee en las actividades relacionadas con la facturación.
  2. Abrir un nuevo campo que consista únicamente en el régimen societario en la base de datos del cliente, y dejar el campo del nombre del cliente exclusivamente con la razón social.

En cualquiera de los casos, las empresas deberán archivar una versión impresa de las facturas, o bien, archivar en una base de datos el documento PDF obtenido del emisor, donde se aprecie el nombre completo.

El manejo de los datos de los clientes en la base de datos dará lugar a mayor número de obstáculos, ya que obligaciones como la identificación de los clientes o dar avisos a la autoridad tendrían que ser con el nombre incluyendo también el régimen societario.

Conclusiones

Ante esta nueva situación se ha generado mucha polémica, puesto que este cambio no se difundió claramente por parte de la Autoridad a los ciudadanos. Además, esta decisión de no incluir el régimen societario en CFDI 4.0 va más allá de lo fiscal.

Ya no son solo los contribuyentes quienes deben adecuar sus sistemas y su nueva forma de operar a lo establecido, sino que las instituciones gubernamentales que reciben información de los contribuyentes también se verán afectadas en los datos que reciben.

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Desde Facturo Por Ti esperamos que este post te haya ayudado a resolver algunas dudas sobre la nueva metodología respecto al régimen societario en CFDI 4.0. Si estás interesado en facturación electrónica y buscas ayuda urgente, no lo dudes y contacta con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

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