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Quiénes están obligados a declarar ante el SAT

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La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecen que contribuyentes tienen la obligación de retener impuestos en determinadas operaciones.

Estas retenciones implican que el pagador (quien retiene) es responsable de descontar un porcentaje del pago a su contraparte y enterarlo directamente al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

A continuación se detallan quiénes están obligados a realizar estas retenciones y en qué situaciones:

¿Quiénes declaran impuestos ante el SAT?

1. Personas Morales en general

Las personas morales (empresas y asociaciones registradas) tienen la obligación de realizar retenciones de ISR y, en algunos casos, de IVA en varios tipos de pagos, tales como:

  • 💰 Pagos de sueldos y salarios: Las empresas que pagan sueldos a empleados están obligadas a retener el ISR correspondiente, según las tablas de tarifas establecidas por el SAT.

  • 🏗️ Servicios profesionales y arrendamiento: Cuando las personas morales contratan servicios de personas físicas, como profesionales independientes o arrendadores, deben retener ISR (10% del monto del servicio) e IVA (en general, el 100% del IVA trasladado) y enterarlo al SAT.

  • 🪙 Dividendos: Las personas morales que distribuyen dividendos a socios o accionistas deben retener el ISR (tasa del 10%) sobre los dividendos distribuidos.

  • 🌍 Pagos a residentes en el extranjero: Si una persona moral realiza pagos a proveedores o prestadores de servicios en el extranjero, debe retener el ISR según las tasas aplicables en la Ley del ISR o conforme a tratados internacionales de doble tributación, en caso de que existan.

2. Personas Físicas con Actividades Empresariales o Profesionales

Las personas físicas que realizan actividades empresariales o profesionales también pueden estar obligadas a retener impuestos en ciertos casos, aunque esta obligación aplica principalmente cuando contratan servicios especializados o subcontratación de personal:

  • ⚒️ Subcontratación laboral (outsourcing): Desde las reformas de 2021, cuando una persona física con actividad empresarial subcontrata servicios especializados (en los que el prestador del servicio es responsable del personal), debe retener el IVA y enterarlo al SAT, además de cumplir con otros requisitos para deducir estos gastos.

3. Empresas y Plataformas Digitales

Las plataformas digitales y empresas que operan en México para ofrecer servicios o ventas a través de aplicaciones (como Uber, Rappi, Airbnb, entre otras) están obligadas a realizar retenciones de ISR e IVA a quienes son considerados trabajadores independientes o personas físicas.

La tasa de retención depende de los ingresos del prestador de servicio, y las plataformas están obligadas a enterar estas retenciones al SAT.

4. Instituciones Financieras

Las instituciones financieras tienen obligaciones específicas de retención, en especial con relación a los intereses generados en cuentas de ahorro, inversión o préstamos:

  • 💵 ISR sobre intereses: Los bancos y otras instituciones financieras deben retener ISR sobre los intereses generados en cuentas bancarias y productos de inversión de sus clientes. La tasa es publicada anualmente por el SAT y se aplica sobre el monto de los intereses pagados.

  • 🔄 Retenciones en inversiones: Al igual que con los intereses de cuentas de ahorro, las instituciones financieras deben retener ISR sobre los rendimientos de inversiones como Cetes o bonos gubernamentales.

Casos especiales que declaran ante el SAT

Existen otras situaciones en las que ciertas personas, físicas o morales, están obligadas a retener impuestos de manera específica:

  • 🌍 Honorarios a extranjeros por servicios en México: Cuando se contratan servicios prestados en México por personas físicas o morales extranjeras, el pagador mexicano debe retener ISR y cumplir con los requisitos para evitar la doble tributación si aplica un tratado internacional.

  • 🏬 Retenciones por ventas de bienes inmuebles: En la venta de inmuebles por personas físicas, el comprador está obligado a retener ISR si el vendedor no se encuentra dado de alta en el SAT o si el notario es quien retiene y enterará el ISR correspondiente.

Cada tipo de retención tiene reglas específicas de cálculo, enteramiento y comprobación.

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