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Qué es el Complemento Notarios o la Factura de notarios públicos

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¿Buscas información sebre la Factura de notarios públicos?

Para saber mas a detalle primeramente necesitamos conocer «Qué es un notario público», los notarios públicos son funcionarios del estado que trabajan para entidades gubernamentales y nos ayudan sirviendo como testigos al certificar la autenticidad de algunos documentos.

📌 Estas son algunas de sus funciones:

  • ✍️ Redactar testamentos, hipotecas y otros documentos legales importantes.
  • 📜 Gestionar trámites de declaraciones juradas o deposiciones.
  • 🔍 Verificar y certificar la validez de las firmas en los documentos y actuar como testigo imparcial para prevenir posibles fraudes en temas públicos o privados.
  • 📑 Certificar documentos legales como copias fieles del original.
  • 📚 Registrar y organizar documentos notariados, asegurando su correcto orden para consulta pública.
  • 📖 Mantenerse al día con cualquier cambio o avance en la legislación aplicable.

¿Que es la factura de notarios públicos?

La factura de Notarios públicos es la integración de datos específicos que el notario público agregará a una factura mediante un complemento; por los ingresos que percibe al realizarse la operación de compraventa o traslado entre el enajenante y el adquiriente de un bien inmueble que es indemnizado en un solo pago.

Este complemento, deberá ser incluido en una factura para la acreditación y deducción; esta factura servirá para que el adquiriente pueda comprobar el costo de la adquisición de dicho bien inmueble con fines de deducción y acreditamiento, también servirá al enajenante para liberación de bien inmueble en dicha operación.

Según requerimientos fiscales en el diario oficial de la federación en la regla 2.7.1.25 del CFF estipula lo siguiente:

CFDI en operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles celebradas ante notario

2.7.1.25. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, en las operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles que se celebren ante notarios públicos, los adquirentes de dichos bienes podrán comprobar el costo de adquisición para efectos de deducción y acreditamiento, con el CFDI que dichos notarios expidan por los ingresos que perciban, siempre y cuando los notarios incorporen a dichos comprobantes el complemento que al efecto publique el SAT en su página de Internet.

Por lo cual; si no se proporcionara la información requerida en el complemento de notarios públicos; el o los adquirientes no podrán acreditar o deducir el costo del bien, esto basado en la factura que el notario expida.

En estos casos, el notario deberá utilizar la factura de notarios.

La factura de notario público se debe usar cuando es persona física el vendedor del bien inmueble y no tributa en los regímenes de Actividades Empresariales y Profesionales; Incorporación Fiscal o Arrendamiento. Igualmente, si el inmueble a la venta o traslado no forma parte del activo de la persona física y tributa en los regímenes de actividades empresariales y profesionales; incorporación fiscal y arrendamiento.

En estos casos, el notario no debe utilizar la factura de notarios.

En estos casos según la regla 2.7.1.25. también estipula que el notario no debe utilizar el complemento de notarios.

La factura de notarios públicos, no se debe de utilizar cuando se transmite la propiedad entre otras causas por:

  • Muerte, por ejemplo en herencia o cuando es legado.
  • Titulo gratuito, Por ejemplo a donación.
  • Si el adquiriente es persona moral.

Cuando el inmueble por adquirir formará parte del activo de la persona física y esta tributa en los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

También en el mismo texto del instrumento, conste el convenio y acepte cada parte que será el mismo enajenante genere la factura, y lo haga por el total del precio o contraprestación convenida o por el ingreso que, en su caso, corresponda por ley, por la enajenación del bien de que se trate.

Si son derivadas de adjudicaciones administrativas, judiciales o fiduciarias, formalización de contratos privados traslativos de dominio a título oneroso; así como aquellas en las que el instrumento público no sea por sí mismo comprobante del costo de adquisición.

Como hacer Factura de Notarios Públicos Paso a Paso

Aquí tienes los pasos que debes seguir para generar correctamente una factura como Notario Público:
  1. 📝 Reúne la información fiscal del cliente Antes de iniciar, asegúrate de tener los datos fiscales de tu cliente, como su RFC, nombre completo, domicilio fiscal y régimen fiscal. Esta información es esencial para emitir una factura válida.
  2. 💻 Ingresa al portal del SAT Accede al portal de facturación electrónica del SAT usando tu e.firma o contraseña. Si no tienes acceso, solicita el apoyo de un especialista en facturación para habilitarlo.
  3. 📋 Selecciona la opción de “Factura” o “CFDI” Dentro del portal, busca la opción para generar una factura o CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) y selecciona la opción adecuada según el tipo de servicio notarial.
  4. 🔍 Llena los datos del comprobante Ingresa la información del servicio que prestaste, incluyendo:
    • Descripción detallada del servicio (por ejemplo, “servicios notariales”)
    • Monto total de los honorarios
    • Tasa de IVA correspondiente, si aplica
  5. 📅 Añade la fecha y forma de pago Indica la fecha de emisión y selecciona el método de pago que utilizó tu cliente (por ejemplo, transferencia, efectivo, tarjeta, etc.).
  6. 🏢 Selecciona el Régimen Fiscal Es importante que elijas el régimen fiscal de notarios públicos al emitir la factura, ya que permite identificar tu actividad económica de manera adecuada.
  7. Revisa todos los datos Antes de finalizar, verifica que toda la información esté correcta: nombres, montos, y RFC. Esta revisión ayuda a evitar problemas posteriores en la facturación.
  8. 📤 Genera y envía la factura Una vez completada, genera la factura y descárgala en formato PDF y XML. Envía ambos archivos a tu cliente para que tenga el comprobante completo y oficial.

Video para hacer Factura de Notarios Públicos

Datos que debe incluir una Factura de Notario Público

Estos son los datos que deben incluir las Facturas de Notarios Públicos ante la venta de un inmueble o enajenación: 🏠 Descripción del inmueble:  Generalmente seleccionamos el tipo de inmueble y agregamos datos sobre su localización. 📑 Detalle de la operación: Agregamos datos notariales sobre la contraprestación. 🖊️ Datos del Notario: Agregamos datos del notario como CURP, número de notaría, estado y plaza de adscripción. 👥 Datos de los enajenantes: Si es copropiedad o sociedad conyugal, nombres completos, CURP y porcentaje de participación. 👤 Datos del adquiriente: Si es copropiedad o sociedad conyugal, nombres completos, CURP y porcentaje de participación.

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