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AGAPES: Régimen fiscal para actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras

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Si trabajas en el campo, en la ganadería, la pesca o la silvicultura, es probable que hayas escuchado el término AGAPES. Pero… ¿sabías que este sector tiene un tratamiento fiscal especial que puede ayudarte a optimizar tus impuestos y simplificar tus obligaciones fiscales?

En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre los AGAPES, su régimen fiscal, los beneficios que otorga el SAT y cómo evitar errores comunes.

Además, si estás buscando una herramienta sencilla y validada para emitir CFDI de manera correcta, no te pierdas nuestra herramienta para facturación de actividades del sector primario.

¡Vamos a ello!

📘 Qué significa AGAPES y por qué es importante conocerlos fiscalmente

El término AGAPES es un acrónimo que se refiere a las actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras. Son consideradas prioritarias por su impacto en la economía rural y la soberanía alimentaria, y por eso el Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorga ciertos beneficios fiscales a quienes las desarrollan.

🌾 ¿Qué son los AGAPES?

AGAPES es el acrónimo de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras, y se refiere a un régimen fiscal especial diseñado para personas físicas y morales que se dedican al sector primario. Este esquema busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales a quienes realizan actividades productivas relacionadas con el campo, el bosque y el mar.

A continuación, te explicamos qué incluye cada una de estas actividades:

  • Actividades agrícolas: siembra, cultivo y cosecha de productos del campo, así como la primera venta de estos productos siempre que no hayan sido transformados industrialmente.
  • Actividades ganaderas: cría y engorda de ganado, aves u otros animales, incluyendo la primera venta de sus productos sin procesamiento industrial o de animales vivos para engorda.
  • Actividades pesqueras: cultivo, cría y captura de especies tanto marinas como de agua dulce, además de la primera venta de estos productos en su estado natural.
  • Actividades silvícolas: conservación, cultivo y aprovechamiento de bosques, así como la venta inicial de productos forestales sin transformación industrial.

Este régimen no solo reconoce la naturaleza particular de estas actividades, sino que también otorga beneficios fiscales específicos para quienes forman parte del sector AGAPES. Más adelante te explicamos cómo funciona y qué implicaciones tiene para ti o tu empresa.

 

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🧾 Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (AGAPES)

El SAT contempla principalmente dos regímenes fiscales para AGAPES:

🔢 Régimen 110

Este es el régimen general de actividades empresariales y profesionales. Aunque cualquier contribuyente puede tributar en él, los AGAPES también pueden optar por este régimen si sus ingresos superan ciertos límites.

🌱 Régimen 140

Este es el régimen específico para AGAPES, previsto en el Catálogo de Actividades Económicas del SAT. Es ideal para personas físicas o morales con ingresos menores a 900 mil pesos al año, ya que contempla importantes exenciones fiscales.

La principal diferencia entre el régimen 110 y el 140 es el nivel de beneficios fiscales y el tratamiento contable. El 140 es más flexible, siempre que se cumplan los requisitos que marca la ley.

💼 Tratamiento fiscal de los AGAPES según el SAT

El SAT otorga a los AGAPES diversos estímulos con el fin de incentivar su productividad y formalidad. Entre los principales beneficios encontramos:

Exención de ISR para personas físicas con ingresos menores a $900,000 anuales (según el artículo 74 de la LISR).

Facilidad para expedir CFDI sin necesidad de contar con infraestructura tecnológica, usando servicios de terceros autorizados.

Declaraciones más sencillas, especialmente si tributas bajo el régimen 140.

No obstante, los AGAPES también deben cumplir con obligaciones como:

Emitir facturas electrónicas (CFDI) cuando vendan productos o servicios.

Llevar contabilidad en medios electrónicos si sus ingresos superan ciertos límites.

Presentar declaraciones mensuales y anuales según el régimen elegido.

📜 ¿Qué dice el artículo 74 de la LISR?

Este artículo es clave para entender los beneficios fiscales de los AGAPES. En términos simples, señala que las personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras estarán exentas de pagar el ISR si sus ingresos no rebasan los $900,000 anuales.

Si se excede ese monto, solo el excedente pagará ISR, lo que representa un beneficio significativo para pequeños productores. Además, este artículo establece reglas sobre cómo calcular los ingresos exentos y las condiciones que deben cumplirse.

🧾 Errores comunes y consejos contables

Uno de los errores más frecuentes es no revisar la constancia de situación fiscal y declarar bajo un régimen equivocado. Otro error común es no emitir CFDI o no llevar un control adecuado de ingresos, lo que puede anular la exención del artículo 74.

Nuestro consejo es que lleves un registro ordenado de tus ventas y gastos, utilices una herramienta de facturación compatible con el SAT y consultes a un contador si no estás seguro de qué régimen te corresponde.

 

Ahora que ya conoces qué son los AGAPES, cómo funciona su régimen fiscal y qué dice el artículo 74 de la LISR, tienes una base sólida para tomar decisiones contables acertadas. Aprovecha los beneficios que te ofrece el SAT si formas parte del sector agrícola, ganadero, silvícola o pesquero.

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